FORMAS JURÍDICAS Y TRÁMITES
01.
Forma Jurídica
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Comunidad de Bienes: se necesitan uno o dos personas y no necesita capital mínimo inicial
02.
Descripción
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Es una forma jurídica donde dos o más personas comparten propiedad y gestión sin personalidad jurídica propia. Los socios tienen responsabilidad ilimitada, tributan por IRPF y no necesitan capital mínimo. Es fácil de constituir y gestionar, pero tiene riesgo patrimonial y poca capacidad para atraer inversores.
03.
Trámites Básicos
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Contrato privado entre los comuneros
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Obtención del NIF en Hacienda.
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Alta en el censo de empresarios (modelo 036 en Hacienda).
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Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales si hay aportaciones patrimoniales.
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Alta en la Seguridad Social.
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Registro en el ayuntamiento, si se requiere licencia de actividad.
04.
Trámites Generales
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Alta en Hacienda: Presenta el modelo 036/037 en la Agencia Tributaria para inscribirte en el Censo de empresarios y obtener el NIF.
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Alta en la Seguridad Social: Inscríbete en el Régimen Especial de Trabajadores (RETA) para cada comunero.
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Obtención del Certificado Electrónico: Gestiona tu certificado digital para realizar trámites telemáticos.
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Licencia de Actividad: Solicita la licencia de apertura y funcionamiento en el Ayuntamiento correspondiente.
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Legalización de libros contables (si procede): Legaliza el Libro Diario y el de Inventarios en el Registro Mercantil.