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FORMAS JURÍDICAS Y TRÁMITES 

01.

Forma Jurídica

  1. Comunidad de Bienes: se necesitan uno o dos personas y no necesita capital mínimo inicial

02.

Descripción

  1. Es una forma jurídica donde dos o más personas comparten propiedad y gestión sin personalidad jurídica propia. Los socios tienen responsabilidad ilimitada, tributan por IRPF y no necesitan capital mínimo. Es fácil de constituir y gestionar, pero tiene riesgo patrimonial y poca capacidad para atraer inversores. 

03.

Trámites Básicos

  1. Contrato privado entre los comuneros

  2. Obtención del NIF en Hacienda.

  3. Alta en el censo de empresarios (modelo 036 en Hacienda).

  4. Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales si hay aportaciones patrimoniales.

  5. Alta en la Seguridad Social.

  6. Registro en el ayuntamiento, si se requiere licencia de actividad.

04.

Trámites Generales 

  1. Alta en Hacienda: Presenta el modelo 036/037 en la Agencia Tributaria para inscribirte en el Censo de empresarios y obtener el NIF. 

  2. Alta en la Seguridad Social: Inscríbete en el Régimen Especial de Trabajadores (RETA) para cada comunero. 

  3. Obtención del Certificado Electrónico: Gestiona tu certificado digital para realizar trámites telemáticos. 

  4. Licencia de Actividad: Solicita la licencia de apertura y funcionamiento en el Ayuntamiento correspondiente. 

  5. Legalización de libros contables (si procede): Legaliza el Libro Diario y el de Inventarios en el Registro Mercantil. 

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